Juez rechaza declaración de Sánchez por escrito y lo interrogará en La Moncloa
El juez Peinado, ha seguido adelante con la investigación, pese a dos informes de la Guardia Civil que no hallaron irregularidades y contra la opinión de la Fiscalía.
El juez Carlos del Valle -en sustitución del juez Juan Carlos Peinado- ha rechazado que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declare como testigo por escrito en la investigación que se dirige contra su esposa, Begoña Gómez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, según consta una providencia dictada, en donde el juez concluye que “ha de mantenerse la toma de la declaración en los mismo términos y condiciones en que fue acordada por la providencia precautoria de fecha 19 de julio del presente año”.
Gómez, especializada en la recaudación de fondos, sobre todo para fundaciones y oenegés, es sospechosa de haberse beneficiado del cargo de su esposo en sus relaciones profesionales, en particular con Juan Carlos Barrabés, un empresario que obtuvo ayudas públicas y que también está bajo investigación. Sin embargo, Sánchez, quien siempre ha defendido la inocencia de su esposa, puede de todas maneras negarse a declarar, ya que la ley establece que una persona no está obligada a testificar contra su cónyuge.
Así avanza el caso de Begoña Gómez: Se aproxima declaración adicional por escrito
Todo apunta a que el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid se trasladará a La Moncloa el próximo martes 30 de julio para tomar declaración a Pedro Sánchez toda vez que, como ya apuntó en su citación, considera que su comparecencia no se enmarca en hechos de los que tendría conocimiento “por su razón de cargo”.
- La respuesta del juez, es sobre una carta que envió Sánchez al juzgado esta misma semana alegando que tenía derecho a declarar por escrito. Se amparó en el punto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) que diferencia entre la declaración de un presidente por hechos de los que tenga conocimiento por “razón de su cargo” o por hechos ajenos a su ejercicio como mandatario. En el primer caso, la norma da la posibilidad de declarar por escrito; en el segundo, sin embargo no.
En este sentido, Sánchez insistió en que para “garantizar el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico”, y dadas las cuestiones que se investigan en la causa, su declaración debía producirse “conforme a lo establecido en el artículo 412.2 de la LeCrim”; es decir, por escrito.
Sin embargo, el juez Del Valle ha indicado que es “obvio” que el juez Peinado “ha tenido en consideración el carácter en el que debe ser prestada la declaración del testigo” e insiste en que se mantiene la decisión de ir de forma presencial a La Moncloa a interrogarle. Es importante recordar que la defensa de Begoña Gómez recurrió la decisión del juez de citar a Sánchez como testigo. Hasta el momento, no hay respuesta alguna del juzgado.
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