6 razones por las que Seguridad Social puede dejar de pagar el IMV
La suspensión de la prestación del IMV se efectúa el primer día hábil del mes siguiente desde que la Seguridad Social tenga conocimiento de algún incumplimiento.
En el último año, el número de prestaciones activas del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha crecido un 31,2% hasta alcanzar los 606.000 hogares en los que viven 1.820.944 personas, según la última estadística publicada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a mes de mayo. La ayuda promedio que reciben los hogares es de 488,7 euros.
Desde que comenzó esta prestación de la Seguridad Social, en junio de 2020, el IMV ha alcanzado a 831.905 hogares y ha protegido a las 2.465.281 personas que forman parte de ellos. Más de un millón son niños y adolescentes, en concreto 1.072.837, el 43,5% del total. En este sentido, la Seguridad Social ha destinado 10.707 millones de euros al abono de las nóminas de las prestaciones al IMV.
¿Por qué te pueden retirar esta prestación del IMV?
La Seguridad Social implementó el Ingreso Mínimo Vital como una prestación dirigida exclusivamente para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y/o carecen de recursos económicos básicos. Al igual que reducir o erradicar la pobreza infantil.
Las personas que ya cuentan con esta prestación, no pueden superar un límite de rentas que se actualiza cada año y que da derecho a esa renta garantizada. En caso de que esta cantidad se pase, se debe dar por aviso a la Seguridad Social, ya que sino lo haces se suspenderá o incluso finalizará tu pago del IMV, las razones para suspender el pago son:
- Que no se cumplan temporalmente alguno de los límites de ingresos imprescindibles, de los que tenga conocimiento la Seguridad Social
- Incumplimiento temporal de alguna obligación a la hora de cobrar la ayuda por parte del titular
- Trasladarse al extranjero durante menos de 90 días sin justificación o aviso a la Seguridad Social
- No entregar la comunicación del mantenimiento de los certificados expedidos por servicios sociales
- No presentar la Declaración de la Renta durante dos ejercicios seguidos
- Incumplir los límites de renta y patrimonio de cada año
Ahora bien, estos puntos anteriores son las razones para suspenderlo, mientras que para finalizar el cobro del IMV, están:
- Que la suspensión se mantenga durante un año entero
- Perder de forma definitiva cualquiera de las obligaciones para cobrar la prestación
- Renunciar a la prestación
- El fallecimiento del titular
- Recaer más de una vez en un procedimiento sancionador
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