¡Cuidado! La Seguridad Social está quitando pensiones a quienes violen estos requisitos
Ten en cuenta cuál es la normativa vigente para evitar perder esta prestación. Todos los detalles.
La pensión de viudedad, una prestación clave para apoyar económicamente a personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho, está bajo un escrutinio más riguroso por parte de la Seguridad Social en España.
Esta pensión ha sido vital para muchas familias, especialmente aquellas en las que la estabilidad económica dependía del fallecido.
Sin embargo, no todos los beneficiarios cumplen con los requisitos establecidos por la ley, lo que ha llevado a una intensificación de los controles para asegurarse de que esta ayuda llegue únicamente a quienes realmente tienen derecho a recibirla.
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Condiciones para mantener la pensión de viudedad
Aunque esta pensión tiene carácter vitalicio en la mayoría de los casos, puede extinguirse si el beneficiario incumple ciertos requisitos legales.
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Por ejemplo, si contraen matrimonio nuevamente o forman una nueva pareja de hecho, salvo en situaciones excepcionales donde la pensión representa al menos el 75% de los ingresos del beneficiario.
Además, si se demuestra que la muerte del cónyuge no ocurrió bajo las circunstancias declaradas inicialmente o si el beneficiario ha sido declarado culpable por la muerte de su pareja, la pensión también puede ser revocada.
Requisitos esenciales
Para acceder a la pensión de viudedad, uno de los requisitos fundamentales es que el fallecido haya cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social y acumulado un mínimo de 500 días de cotización en los últimos cinco años antes de su muerte. No será necesario acreditar este período de cotización si el fallecimiento fue producto de un accidente o enfermedad profesional.
- Por otro lado, el beneficiario debe haber mantenido un vínculo legal con el fallecido, mediante matrimonio, una pareja de hecho inscrita, o en casos de separación o divorcio, siempre que se hubiera recibido una pensión compensatoria extinguida tras el fallecimiento. Para las parejas de hecho, es imprescindible demostrar una convivencia mínima de cinco años.
Cálculo y cuantía de la pensión de viudedad
La cuantía de la pensión de viudedad se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora del fallecido, generalmente del 52%, aunque podría incrementarse al 60% o al 70% en situaciones específicas.
Por ejemplo, un beneficiario que tenga 65 años o más, no perciba otros ingresos significativos y no supere un umbral económico anual, podrá recibir una mayor cuantía.
En caso de que el beneficiario contraiga matrimonio o forme una nueva pareja de hecho, podrá seguir cobrando la pensión siempre que esta represente al menos el 75% de sus ingresos anuales. Asimismo, si los ingresos combinados con su nueva pareja no superan el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, también podrá mantener la prestación.
Intensificación de controles por la Seguridad Social
En los últimos meses, la Seguridad Social ha intensificado los controles para detectar casos en los que los beneficiarios no cumplen con los requisitos legales.
Estas medidas incluyen la verificación de nuevas uniones matrimoniales o de hecho, así como la comprobación de ingresos y situaciones familiares. En caso de detectar incumplimientos, la pensión puede ser revocada. Si ya se han recibido pagos de manera indebida, se solicitará la devolución de las cantidades percibidas.
Este esfuerzo por parte de la Seguridad Social busca asegurar que las pensiones de viudedad cumplan su propósito original de brindar apoyo a quienes realmente lo necesitan. La vigilancia y el rigor en la aplicación de las normativas son esenciales para mantener la integridad de este sistema de prestaciones y garantizar la justicia social.
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