Ayuda de 1.000 euros a los padres con hijos menores de 17 años si cumplen este requisito
La Seguridad Social ha confirmado una ayuda muy significativa para personas con hijos menores. Pero para poder recibir esta asistencia, los progenitores deben cumplir una condición muy puntual.
La Seguridad Social ofrece una ayuda económica de 1.000 euros en un pago único, destinada a familias con hijos nacidos a partir del 2007, es decir, que sean menores de 17 años.
Esta prestación, gestionada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, tiene como objetivo ayudar económicamente a hogares con recursos limitados para afrontar los gastos asociados a la crianza de menores. Sin embargo, no todas las familias pueden acceder a esta ayuda, ya que es necesario cumplir una serie de requisitos específicos.
De esta ayuda familiar de la Seguridad Social podrán beneficiarse las familias numerosas, incluidas aquellas que adquieran dicha condición tras el nacimiento o adopción; las familias monoparentales; así como los padres o madres que tengan una discapacidad igual o superior al 65%.
Para tener derecho a esta prestación, es necesario que los hijos o hijas hayan nacido o hayan sido adoptados en España a partir del 16 de noviembre de 2007. Además, en los casos de adopción, esta debe estar reconocida en España. Sin embargo, en los casos de acogimiento familiar no se podrá acceder a esta ayuda.
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Requisitos
Además de formar parte de uno de los grupos familiares mencionados, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
• Los beneficiarios deben tener una residencia legal en España y estar afiliados a la Seguridad Social.
• No deben superar unos límites de ingresos establecidos por la Seguridad Social, determinados en función de los ingresos anuales de la unidad familiar y que varían según el número de hijos y las circunstancias familiares. Si los progenitores conviven y sus ingresos combinados superan el límite, no podrán acceder a la ayuda.
• No deben tener derecho a otras prestaciones de la misma naturaleza dentro de otro régimen público de protección social.
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• El derecho a solicitar esta prestación prescribe a los cinco años desde el día siguiente al nacimiento o adopción del menor.
• Período mínimo de cotización: Salvo excepciones, los beneficiarios deben acreditar un período mínimo de cotización. Este período varía según la edad del progenitor en el momento del nacimiento o adopción del hijo. Por ejemplo: Si el progenitor tiene más de 26 años, deberá haber cotizado un mínimo de 180 días en los últimos siete años o 360 días a lo largo de su vida laboral; o si el progenitor tiene entre 21 y 25 años, deberá haber cotizado al menos 90 días en los últimos siete años o 180 días durante toda su vida laboral; o si el progenitor tiene menos de 21 años, no se exige ningún requisito de cotización.
Cuantía y límites de la ayuda familiar
La cuantía de esta prestación consiste en un pago único de 1.000 euros por hijo. Por lo tanto, si se tienen dos hijos, la prestación será de 2.000 euros; y si son tres, será de 3.000 euros, sin límite en la cuantía por hijos. Si los ingresos del solicitante superan el límite establecido, pero no exceden el importe conjunto que resulta de sumar dicho límite más el importe de la prestación, se abonará la diferencia entre los ingresos percibidos y el límite establecido.
Por ejemplo, una familia monoparental con dos hijos tiene un límite de ingresos de 16.112,65 euros al año. Si esta familia percibe 16.500 euros al año, sus ingresos superan el límite en 387,35 euros. En este caso, no recibirían los 1.000 euros completos, pero se les abonaría la diferencia: 1.000 euros menos 387,35 euros, es decir, 612,65 euros.
A continuación, se detallan los límites de ingresos anuales según el número de hijos:
• 1 hijo: 14.011,00 euros.
• 2 hijos: 16.112,65 euros.
• 3 hijos: 18.214,30 euros.
• 4 hijos: 20.315,95 euros.
• 5 hijos: 22.417,60 euros.
• 6 hijos: 24.519,25 euros.
• 7 hijos: 26.620,90 euros.
• 8 hijos: 28.722,55 euros.
• 9 hijos: 30.824,20 euros.
• 10 hijos: 32.925,85 euros.
Para familias numerosas con título oficial, los límites de ingresos anuales son los siguientes:
• 3 hijos: 21.086,00 euros.
• 4 hijos: 24.502,00 euros.
• 5 hijos: 27.918,00 euros.
• 6 hijos: 31.334,00 euros.
• 7 hijos: 34.750,00 euros.
• 8 hijos: 38.166,00 euros.
• 9 hijos: 41.582,00 euros.
• 10 hijos: 44.998,00 euros.
Cómo solicitar y duración de la prestación
La ayuda se puede solicitar de forma presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), para lo cual es necesario pedir cita previa al INSS o también de manera telemática por internet, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Una vez aprobada la ayuda, los beneficiarios recibirán un pago único de 1.000 euros, que se ingresará directamente en la cuenta bancaria indicada. Esta prestación es independiente de otras ayudas a las que se pueda tener derecho, como los permisos por nacimiento y cuidado del menor.
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