¿Qué derechos tienes si no puedes ir a trabajar por la DANA? Esto dice la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Las dificultades para llegar al trabajo debido al tiempo han generado inquietud entre los afectados, quienes temen posibles consecuencias laborales, incluido el despido.
El impacto de la DANA en el este de la península sigue aumentando con un saldo trágico en víctimas y desaparecidos. Los servicios de emergencia trabajan contra reloj para aliviar la devastación que ha dejado este temporal, mientras familias y comunidades permanecen en vilo ante la situación de aislamiento e inseguridad. Las fuertes lluvias y las inundaciones han paralizado ciudades y dificultado el acceso a zonas donde los afectados esperan ayuda y apoyo urgente. En este contexto, surge la preocupación entre muchos trabajadores por las consecuencias laborales de no poder acudir a sus puestos
Ante estas dificultades, las inquietudes sobre posibles consecuencias laborales, como el despido, se han hecho evidentes, especialmente en áreas donde el temporal ha imposibilitado el desplazamiento.
¿Me pueden despedir en una situación así?
Para muchas personas en las zonas afectadas por la DANA, acudir al trabajo es prácticamente imposible, lo que ha generado dudas sobre la posibilidad de ser despedidos por ausentarse debido a estas circunstancias, pero la realidad es que no, no pueden despedirte por algo así.
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado que la legislación laboral contempla la protección de los trabajadores en estos casos. En situaciones de alerta naranja o roja por fenómenos adversos, los empleados, especialmente aquellos que trabajan al aire libre, tienen derecho a ajustar o reducir su jornada laboral para proteger su seguridad.
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La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en España establece ciertas garantías para los trabajadores que no pueden acudir por razones de seguridad. Sin embargo, la situación sigue generando dudas y temores, ya que cada caso puede depender de las condiciones específicas de cada lugar y empresa.
Las empresas, en la obligación de proteger a los trabajadores
El Ministerio de Trabajo recuerda que las empresas están obligadas a proteger a sus empleados frente a los riesgos derivados de fenómenos meteorológicos adversos, como los causados por la actual DANA. Entre las medidas preventivas, se incluye la suspensión de ciertas actividades cuando estas condiciones extremas representan un peligro. De acuerdo con el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cualquier trabajador tiene derecho a suspender sus trabajos y abandonar el lugar de trabajo si considera que existe un riesgo grave e inminente para su salud o vida.
La normativa española establece que la seguridad de los empleados es prioritaria y que las empresas deben garantizar un entorno seguro. Esto implica que la protección de la salud y la integridad de los trabajadores debe prevalecer sobre cualquier otra consideración.
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