Estos serán los exámenes médicos que deberás aprobar desde 2025 para conducir, según la DGT

La Dirección General de Tráfico (DGT), es el organismo competente para emitir permisos y licencias de conducir en España.

Por:

José Banco

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A partir de 2025, será más difícil que nunca renovar el carnet de conducir o sacárselo por primera vez. Fuente: Pexels

El propósito de la DGT es asegurar que los conductores cuenten con las aptitudes necesarias para conducir sus vehículos con el menor riesgo posible. Desde su creación en 1959, por la ley 47/59, del 30 de julio, la DGT está adscrita al Ministerio del Interior. Posee una personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, autonomía de gestión y plena capacidad jurídica y de acción administrativa. Desarrolla diferentes acciones durante el año. Estas contribuyen a la mejora del comportamiento de los conductores/as y la formación de los usuarios de las vías, además de garantizar la seguridad y fluidez de la circulación de vehículos y la prestación de los usuarios de todos los servicios administrativos correspondientes a su actividad.

La DGT se encarga de la organización de los exámenes de conducción, la recaudación de sanciones, expedición de permisos y documentación de vehículos, entre otras gestiones. Para cumplir con sus labores, recientemente ha aprobado una medida para determinar si los conductores, sin importar su edad y/o experiencia, son aptos para conducir de manera segura.

La DGT cambia el proceso de renovación del carnet de conducir

A partir de 2025, será más difícil que nunca renovar el carnet de conducir o sacárselo por primera vez. No habrá cambios en las pruebas teóricas o prácticas para obtenerlo. Pero sí se hará un examen físico más exhaustivo para los solicitantes. Esta medida no afecta únicamente a un grupo de conductores específico, ni perjudica según la edad, sino que se centra en el estado de salud físico y mental del conductor.

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Es cierto que existen algunas patologías que son más propensas a aparecer en la tercera edad. No obstante, si alguna persona muestra signos de sufrirla más temprano, también será incapacitada para conducir. Los análisis médicos se mirarán con lupa y no se renovará la licencia, de manera temporal o permanente, a solicitantes que tengan un cuadro de salud complejo o que estén transitando un tratamiento médico que pueda afectar a su concentración en la conducción.

Para determinar si un conductor es apto o no para conducir se tomará como punto de referencia su historial médico. Es importante recalcar que cada caso se analizará de manera personalizada, ya que una misma enfermedad puede presentar diversos niveles, al igual que sucede con la influencia de los tratamientos. En algunos casos, algunas personas que padezcan enfermedades o patologías no perderán su permiso de conducir. Renovar el carnet de conducir o no, dependerá del cuadro individual de cada usuario.

Hay algunas enfermedades y medicamentos que son completamente incompatibles con la conducción. La única forma en la que alguien puede renovar su carnet de conducir o sacárselo por primera vez padeciendo alguna de estas enfermedades que vamos a nombrar a continuación es contando con un informe médico. Este debe especificar y certificar que, pese a padecer ese cuadro, la persona se encuentra en óptimas condiciones para conducir.

La Dirección General de Tráfico no permite que renueves tu carnet de conducir si tienes alguna de estas enfermedades

La DGT tiene una extensa lista de 35 enfermedades que impiden que el usuario pueda renovar su carnet de conducir. Sin embargo, todo dependerá del grado en que esos cuadros de salud afecten al individuo. Algunas de las más conocidas corresponden a las categorías de enfermedades digestivas, endocrinas y respiratorias.

A estas debemos añadir Alzheimer, los accidentes isquémicos transitorios, depresión, demencia, trastorno de ansiedad, arritmias, enfermedades neurológicas y degenerativas, hipotiroidismo y paratiroides, infarto agudo de miocardio, marcapasos, Parkinson, problemas vasculares, trastorno del desarrollo intelectual, dolencias oncológicas, epilepsia, trastorno obsesivo-compulsivo, trasplante renal, trastorno del sueño, trastorno por déficit de atención con hiperactividad, entre otras patologías.

Tanto las enfermedades nombradas como sus tratamientos pueden perjudicar la conducción, imposibilitando que la DGT pueda renovar el carnet de conducir de quienes las padecen.

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