La propuesta de seguir los delitos de odio en redes sociales, algo difícil de cumplir

La Fiscalía investiga posibles delitos de odio tras el asesinato de un niño de 11 años en Mocejón.

Por:

Adonis Martínez

Compartir este artículo

Facebook
Twitter
WhatsApp
Email
¿Se pueden limitar el uso de las redes sociales frente a los delitos de odio? Fuente: Freepik

Tras el asesinato de un niño de 11 años en Mocejón el pasado domingo, y antes de que se identificara al autor confeso del apuñalamiento, las redes sociales se llenaron de comentarios que culpaban a inmigrantes y a menores extranjeros no acompañados (MENAS) del crimen. Estos mensajes han captado la atención de la Fiscalía, que está evaluando si podrían constituir delitos de odio.

En respuesta a estos hechos, el fiscal de Sala de la Unidad de Delitos de Odio, Miguel Ángel Aguilar, ha propuesto dos medidas para combatir estos delitos en el ámbito digital: la posibilidad de identificar a los usuarios y la prohibición de acceso a quienes hayan cometido delitos en las redes.

Expertos judiciales han señalado que luchar contra los delitos de odio en las redes sociales es un desafío, en gran parte debido a la “falta de cooperación” por parte de las empresas que las gestionan. Además, este tipo de delitos está en aumento. Según datos del Ministerio del Interior, en 2023 se registraron 2.268 delitos e incidentes de odio, un incremento del 21,3% respecto al año anterior, siendo el 41,8% de estos motivados por racismo y xenofobia.

Publicidad

No es tan sencillo

España podría perseguir el odio en redes sociales. Fuente: Península.
    El juez Joaquim Bosch explicó en declaraciones a 20minutos que “odiar no es un delito”, y que esto no es lo que sanciona el artículo 510 del Código Penal. Según Bosch, esta norma castiga la incitación al odio hacia colectivos vulnerables.

“El delito consiste en contribuir a crear un clima propicio para la delincuencia, una atmósfera que fomente ataques racistas u otros tipos de agresiones”, señaló Bosch en su conversación con este medio. Por su parte, fuentes de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) destacaron que “el objetivo final de los delitos de odio es atacar a un grupo desfavorecido”.

Bosch también subrayó que, al evaluar un delito de odio, “la capacidad de difusión del perpetrador es un factor a considerar”. El artículo 510 sanciona a “quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten, directa o indirectamente, al odio, hostilidad, discriminación o violencia” contra un grupo vulnerable.

En la actualidad, estas incitaciones públicas se producen con frecuencia en las redes sociales, a menudo por parte de usuarios que ocultan su identidad tras un alias. “Las redes sociales son un medio particularmente adecuado para generar un clima de odio”, añadieron desde la AJFV.

Identificarse en redes sociales, ¿Una solución?

Especialistas advierten de esta nociva costumbre, principalmente en adolescentes. Fuente: Pexels

Por ello, el fiscal Miguel Ángel Aguilar considera que “sería conveniente evaluar la posibilidad de que las personas que actúan en redes sociales estén debidamente identificadas, especialmente cuando así lo exija la autoridad judicial”.

Esta propuesta, que Aguilar compartió en una intervención en la Cadena Ser, no parece sencilla de implementar. “La cooperación de las plataformas con sede en Estados Unidos, como Twitter, Facebook o Google, es prácticamente inexistente”, comenta un abogado penalista que prefiere mantener el anonimato.

Según su opinión, la propuesta de Aguilar es “comprensible y razonable”, pero difícilmente aplicable a corto plazo. “La situaría en el marco de un debate internacional”, añade, ya que “ninguna de las redes sociales está sujeta al derecho español ni europeo”.

Temas relacionados