Los requisitos de la DGT para circular con una autocaravana en España
Debes de prestar mucha atención, a los requerimientos de la DGT y las sanciones a las que podrías ser acreedor sino los cumples.
Con el arribo de las vacaciones y el verano, los coches y motocicletas en las vías españolas aumentan considerablemente, por lo que las autoridades han implementado nuevos requisitos para los conductores, con el fin de proteger la seguridad, sobretodo en las carreteras. Y esto continuará, debido a que la mayoría de los ciudadanos tienen vacaciones que llegan hasta septiembre, por lo que lo normal es salir de la rutina y visitar nuevos lugares.
Una de las formas más divertidas para viajar, es hacerlo en autocaravana, viajar en este tipo de vehículos tiene grandes ventajas, pero también tiene sus inconvenientes y es importante conocer una serie de normas. Por otra parte, de acuerdo con la Dirección General de Tráfico (DGT), hay más de 35 millones de vehículos matriculados en España, y todos estos son identificados con una matrícula, que a su vez están asociados con las personas responsables de estos vehículos, pero ¿qué pasa cuando no es así?
¿Cuáles son los requisitos de la DGT para circular con autocaravana?
De acuerdo con la DGT, esto va a depender de la masa máxima autorizada (MMA) de la caravana o remolque que vayas a transportar y es posible que sea necesario una ampliación en tu permiso de conducir o matricular y asegurarlo:
Masa Máxima Autorizada inferior o igual a 750 kilos:
- No será necesario ningún permiso adicional para poder circular con ella, esa suficiente con el permiso B siempre que el conjunto y el conjunto coche – caravana no supere los 3.500 kg.
- No será necesaria su matriculación, bastará con llevar en el lugar indicado y bien visible en la parte posterior la matrícula del coche que remolque de ella.
- Tampoco será necesario contratar un seguro extra para la caravana o remolque en cuestión.
Masa Máxima Autorizada superior a 750 kilos:
- Será necesario contar con la autorización B96, que te permitirá transportar remolques de más de 750 kg de MMA siempre que el conjunto no sobrepase los 4.250 kg. A partir de ese límite será necesario contar con el permiso B+E.
- El remolque deberá estar matriculado y portar en la parte posterior la matrícula propia del remolque (de color rojo) y la del vehículo que la transporta.
- Para circular con el remolque deberás contratar un seguro extra.
Las autocaravanas requieren también de una normativa específica que hay que tener en cuenta para evitar sanciones. Llevar una bola de remolque puede ser algo peligroso, ya que impide la visibilidad de la matrícula, y puede ser acreedor de una multa de 400 euros. Entre otras cosas, las personas con autocaravana pueden ser acreedoras a multas, debido a: Obstaculización de la matrícula, normativa de uso.
Por otra parte, los elementos no homologados en los vehículos pueden conllevar una sanción de entre 200 y 500 euros, dependiendo del tipo y cómo interfiera en la seguridad. Además, modificaciones realizadas sin homologación podrían hacer que el vehículo no pase la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
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