Estos trabajadores pueden jubilarse con 100% de pensión antes de los 65 años
Existen casos excepcionales donde podemos jubilarnos a una edad más temprana. ¿Cuáles son los requerimientos?

Cada año, miles de trabajadores con décadas de servicios buscan la tan anhelada jubilación. En el 2024, la pensión ordinaria se encuentra establecida en los 66 años y 6 meses, por lo cual parece difícil llegar a una edad más joven para finalizar nuestras labores convencionales.
Afortunadamente, existen casos especiales donde podemos optar por una jubilación antes de los 65 años. Sin embargo, un retiro temprano conlleva rebajas cada vez mayores en la pensión. ¿Cuáles son estas rebajas y cómo podemos optar por un retiro temprano?

Los requisitos para una jubilación temprana
En principio, podemos acercarnos a buscar la jubilación cuando cumplimos un mínimo de 36 años y seis meses de cotización. En caso de no cumplirse este límite, lo más probable es que se apliquen las rebajas en la pensión. La ley establece un máximo del 21% de rebajas sobre el total de la jubilación.
Existen algunas excepciones que permiten saltarnos esta rebaja, como son las labores consideradas “de riesgo” o las condiciones de discapacidad. Además de estos, los trabajadores que hayan servido al estado por un mínimo de 30 años podrán jubilarse anticipadamente a los 60 años.
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También existen los casos donde se dispone de una condición mutualista, donde la Seguridad Social ofrece una cobertura sanitaria de libre elección para el trabajador y gestiona sus planes de jubilación. En este caso, en particular, la jubilación anticipada podrá pedirse a partir de los 60 años.

Las rebajas establecidas
No obstante, para quienes no cumplan con los requisitos para recibir el 100% de la prestación, la jubilación anticipada antes de los 65 años varía en función de los años que se hayan cotizado. Algunos ejemplos de estas rebajas son:
- Si has cotizado menos de 38 años y 6 meses, tendrías una reducción del 21% (el máximo establecido).
- Si es entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses, la reducción es del 19%.
- Entre 42 años y 6 meses y 44 años y 6 meses, la reducción es del 17%.
- Si has cotizado más de 44 años y 6 meses, la reducción sería del 13%.
Conocer estos datos resulta de gran importancia para no llevarnos sorpresas si deseamos empezar nuestra jubilación antes de la edad establecida por la ley para la pensión ordinaria.
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