¿Cómo actuar si llega una carta del SEPE?

Hace tiempo que muchos beneficiarios del SEPE pueden ser notificados por carta. Esto debes hacer si sos uno de ellos.

MelisaSbrocco

Por:

Melisa Sbrocco

20 de junio de 2024, 5:08 p.m.

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Recibir carta del SEPE, qué hacer. Fuente: Canva.

Lo más reciente en la actualidad laboral española es la notificación que los beneficiarios del subsidio por desempleo pueden recibir este mes de junio. Esta carta, conocida como la “carta del miedo”, implica serias consecuencias para quienes la reciben.

Carta del SEPE. Fuente: web SEPE.

En primer lugar, los destinatarios de estas cartas tienen dos opciones claras: aceptar el incumplimiento y la propuesta de sanción que conlleva, o presentar alegaciones ante la oficina de empleo correspondiente dentro de los próximos 15 días hábiles desde la recepción de la comunicación.

En apoyo de estas alegaciones, los afectados pueden adjuntar toda la documentación relevante que consideren oportuna. Posteriormente, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) evaluará si acepta o rechaza las objeciones presentadas en tiempo y forma.

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Si la decisión del SEPE no es satisfactoria para el interesado, este podrá interponer una reclamación previa dentro del mes siguiente a la notificación de la resolución. En caso de no llegar a un acuerdo mediante la reclamación previa, la persona afectada tiene la opción de llevar el caso ante el Juzgado de lo Social.

Oficina SEPE. Fuente: Servicio Publico de Empleo Estatal SEPE.

Los motivos por los que pueden enviarte una carta del SEPE

Las posibles razones por las cuales alguien podría recibir esta carta de sanción son diversas y van desde el incumplimiento de obligaciones específicas hasta la falta de información o documentación requerida para mantener el derecho a las prestaciones por desempleo. Estas infracciones incluyen:

No proporcionar la documentación e información necesaria para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones.

  • No cotizar por la aportación correspondiente a la contingencia de desempleo.
  • No participar en programas de empleo, formación o reconversión profesional establecidos por los servicios públicos de empleo.
  • No aceptar una colocación adecuada ofrecida por los servicios públicos de empleo.
  • No renovar la demanda de empleo en los plazos indicados.
  • No informar cambios de domicilio para recibir notificaciones.
  • No devolver cantidades abonadas indebidamente por el SEPE.
  • No cumplir con las condiciones del acuerdo de actividad como demandante de empleo.

Cada una de estas situaciones puede dar lugar a la apertura de un procedimiento sancionador por parte del SEPE que, de ser confirmado, implicaría la suspensión cautelar del pago del subsidio por desempleo. Es fundamental para los beneficiarios estar al tanto de estas obligaciones y cumplirlas rigurosamente para evitar consecuencias adversas en su situación laboral y económica.

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