Lista de enfermedades con las que ya no podrás renovar el carnet de conducir en 2024, de acuerdo con la DGT

Hay ciertas enfermedades con las que es más complicado poder llevar una vida normal, e incluso con las que podrías ponerte en riesgo o a otras personas

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Por:

Julia Castro

Lista de enfermedades con las que ya no podrás renovar el carnet de conducir en 2024, de acuerdo con la DGT
Lista de enfermedades con las que ya no podrás renovar el carnet de conducir en 2024, de acuerdo con la DGT. foto: Producción La Península Hoy

Una enfermedad en muchas ocasiones puede afectar tanto a la persona que la padece como a los que están a su alrededor. Lamentablemente hay ciertos padecimientos que pueden afectar las actividades cotidianas. Y ya sean mentales o físicas, estas enfermedades pueden restringir o privar de una vida normal.

En este caso, nos referimos a la actividad cotidiana de tomar un automóvil, conducir por la ciudad o en carretera teniendo alguna de estas enfermedades, puede ser altamente peligroso tanto para quien conduce como para las demás personas. Al igual que conducir bajo los influjos de alguna droga, esto podría ser mortal.

En España, hay una lista de enfermedades que demuestran, de acuerdo con la Dirección General de Tráfico (DGT), la incapacidad de una persona para conducir, y pueden provocar accidentes que terminen incluso con muertes.

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Lista de enfermedades con las que ya no podrás renovar tu carnet

    Es sabido que para conducir un automóvil, la persona debe tener plenas facultades mentales, así como actividades motoras mínimas. Y si quieres renovar tu carnet de conducir este 2024, debes estar libre de estas enfermedades según la DGT:
  1. Enfermedades crónicas
  2. Enfermedades degenerativas
  3. Padecimientos oncológicas
  4. Enfermedades vasculares
  5. Padecimientos cardíacos
  6. Problemas psiquiátricos o neurológicos

Por ejemplo, si tienes alguna enfermedad oncológica puedes mostrar un certificado que verifique que no tienes ningún riesgo al manejar. Mientras que si tienes algún padecimiento vascular, como un aneurisma tendrás que recurrir a renovar tu carnet de conducir al menos una vez al año.

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Manejar un automóvil podría ocasionar un accidente si tienes alguna de estas enfermedades. imagen ilustrativa. foto: Pexels

Sin embargo, si sufriste un infarto agudo de miocardio o alguna prótesis valvulares, no podrás conducir hasta que no pasen al menos seis meses. En tanto, para las personas con marcapasos cuando haya pasado un mes podrá volver a conducir, sin embargo tendrá que renovar su carnet de conducir al menos cada tres años.

Por su parte con padecimientos neurológicos o psiquiátricos, los conductores tendrán que esperar al menos un año para renovar su carnet. Asimismo, si se padece demencia o trastorno de ansiedad o depresión no se podrá renovar el carnet de conducir o en caso de sufrir disnea.

Además hay enfermedades que la DGT considera que incapacitan a la persona a conducir, tales son:

  1. Distrofia muscular
  2. Osteoporosis
  3. Parkinson
  4. Alzheimer
  5. Enfemedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC)

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