¿Eres jubilado? Hacienda devuelve hasta 4.000 euros a quien hayan pagado impuestos por demás

Se trata de personas que en los 70 pagaron de más algunos tributos. Todos los detalles para conocer cómo se implementará la devolución.

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Cristian Ortega Mahan

¿Eres jubilado? Hacienda devuelve hasta 4.000 euros a quien hayan pagado impuestos por demás
Hacienda devolverá impuestos a jubilados. Fuente: Canva - La Península

Miles de jubilados en España han pagado impuestos de más durante años debido a un error en la tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Agencia Tributaria ha reconocido este fallo, que afectó principalmente a trabajadores de sectores como la construcción y la metalurgia, quienes entre 1967 y 1978 debían acogerse a una deducción del IRPF, pero no lo hicieron, tributando así el 100% de sus pensiones.

Para corregir este error, Hacienda ha anunciado que reembolsará entre 3.000 y 4.000 euros a los jubilados mutualistas que pagaron en exceso. Este reembolso busca compensar el perjuicio económico sufrido por estos contribuyentes.

Jubilados trabajando.
Es posible que te toque una devolución de impuestos. Fuente: Canva - La Península.

Proceso de devolución del IRPF

Los jubilados mutualistas que se vieron afectados por este error podrán solicitar la devolución de los impuestos correspondientes al periodo entre 2019 y 2023, ya que este es el rango que aún no ha prescrito legalmente. Durante la Campaña de la Renta del ejercicio fiscal de 2023, algunos mutualistas ya pudieron solicitar dicha devolución. Para los años restantes, la Agencia Tributaria ha habilitado un formulario en su Sede Electrónica.

Esta devolución se ampara en la disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la Ley del IRPF, que permite a los mutualistas recuperar las aportaciones que no pudieron ser deducidas en su momento.

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Algunos jubilados en España tendrán una alegría. Fuente: Pexels - Canva - La Península

Solicitud y exclusiones de la devolución

La solicitud de devolución debe realizarse de forma online a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para poder aplicar la reducción de la DT 2ª, es necesario que las aportaciones a mutualidades se hayan realizado antes del 1 de enero de 1999 y que estas no hayan sido deducibles en su base imponible en su momento.

No obstante, no todas las pensiones tienen derecho a esta devolución. Quedan excluidas:

  • Las pensiones satisfechas por Clases Pasivas a funcionarios públicos que solo hayan estado en ese régimen durante toda su vida laboral.
  • Las pensiones derivadas de mutualidades laborales de autónomos, ya que las aportaciones fueron deducibles en su momento.
  • Las pensiones de viudedad, ya que no provienen de aportaciones del perceptor.
  • Las pensiones no contributivas, al no derivar de aportaciones previas.

Este proceso de devolución es un paso importante para corregir las injusticias fiscales que han afectado a miles de jubilados en España.

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